Sucesiones

Resolvemos la burocracia legal para que usted y su familia puedan transitar el duelo con tranquilidad.

Trámite ágil en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.

Sabemos que iniciar una sucesión suele ser una decisión difícil de tomar. Muchas familias lo postergan por miedo a los costos o a los trámites eternos.

En el Estudio Calvo Lafuente simplificamos todo el proceso. Nos ocupamos de cada paso, desde la búsqueda de partidas hasta la inscripción de los bienes a su nombre.

¿Por qué elegirnos para su sucesión?

• ✅ HONORARIOS CLAROS Y POR ESCRITO:

Se terminó el miedo a las «sorpresas» al final del juicio. Pactamos nuestros honorarios de antemano, con facilidades de pago y transparencia total. En muchos casos, los honorarios se pueden abonar al momento de la venta del bien.

• ✅ VELOCIDAD (Declaratoria de Herederos):

No dejamos que los expedientes «duerman». Nuestro objetivo es obtener la Declaratoria de Herederos lo más rápido posible para que usted pueda disponer de los bienes.

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Reunión

• ✅ VENTA INMEDIATA (Tracto Abreviado):

¿Quiere vender la propiedad heredada? No hace falta esperar meses a que salga la escrituración. Realizamos la venta por «Tracto Abreviado», permitiéndole vender y cobrar en el mismo acto, ahorrando tiempo y costos de escritura.

• ✅ SOLUCIÓN DE CONFLICTOS:

Si hay desacuerdo entre los herederos, actuamos como mediadores expertos para lograr particiones justas y evitar que el patrimonio familiar se pierda en peleas judiciales.

No deje pasar el tiempo. Los problemas legales no se resuelven solos.

Solicite una entrevista inicial para evaluar su caso y recibir un presupuesto exacto sin compromiso.

Preguntas Frecuentes

Lo básico es la Partida de Defunción y las Partidas que acrediten el vínculo (Nacimiento de los hijos, Matrimonio). También los títulos de propiedad de los bienes (Escrituras, Títulos Automotor).

¿No encuentra los papeles? No se preocupe. Nosotros nos encargamos de tramitar y conseguir todas las partidas faltantes en el Registro Civil para iniciar el expediente cuanto antes.

SÍ, y es lo más recomendable para ganar tiempo.

No necesita inscribir los bienes a nombre de los herederos primero. Utilizamos el sistema de «Tracto Abreviado», que le permite vender la propiedad, firmar la escritura y cobrar su parte en el mismo acto, inmediatamente después de que sale la Declaratoria de Herederos. Esto le ahorra meses de trámites y una escritura intermedia.

NO. Entendemos que muchas veces la liquidez de la familia está inmovilizada en los bienes.

Ofrecemos facilidades de pago y, en la mayoría de los casos de venta de inmuebles, pactamos que los honorarios se abonen al momento de la venta y firma de la escritura. Usted no tiene que desembolsar grandes sumas para empezar.

Para iniciar la sucesión, basta con que lo pida un solo heredero. No hace falta el consentimiento de todos.

Si luego hay desacuerdo sobre la venta, la ley es clara: nadie está obligado a permanecer en condominio (ser dueño a medias) indefinidamente. Existen mecanismos legales para forzar la división de bienes o la venta, asegurando que usted cobre su parte independientemente de la voluntad de los otros.

 Si bien depende de los tiempos judiciales, en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires, una sucesión sin conflictos graves suele obtener la Declaratoria de Herederos (el fallo que confirma quiénes heredan) en un promedio de 3 a 6 meses. Nuestro estudio prioriza el impulso digital del expediente para reducir estos plazos al mínimo.

Depende del origen de los bienes:

Bienes Gananciales (comprados durante el matrimonio): El viudo/a retiene su 50% (porque ya era suyo como socio/a) y el otro 50% se divide entre los hijos.

Bienes Propios (comprados antes de casarse o heredados): El viudo/a hereda como si fuera un hijo más. Se divide todo en partes iguales entre cónyuge e hijos.